REFORMA
DEL SISTEMA DE PAGOS
SISTEMA
DE PAGOS MINORISTA
PROCESO
DE INVESTIGACIÓN DE MERCADO
SOBRE COMPENSACIÓN ELECTRÓNICA
El
31 de julio de 2000 cerró la etapa de recepción de información del
proceso de investigación de mercado del proyecto de Cámara de Compensación
Electrónica de cheques y otros medios de pago de bajo valor en Venezuela.
Agradecemos
la receptividad de las empresas nacionales y extranjeras que atendieron
la invitación formulada y a aquellas que suministraron la información
sobre soluciones existentes en el mercado.
La
información consignada será de uso exclusivo del Banco Central de
Venezuela y contará con la confidencialidad correspondiente.
Caracas,
4 de agosto de 2000.
ESQUEMA
ACTUAL DE CÁMARA DE COMPENSACIÓN
Base
Legal
-
Artículo 21 Ordinal 23 Ley del Banco Central de Venezuela
Atribuciones
del Directorio
" Dictar las reglas para el funcionamiento de las cámaras de
compensación. En esta materia, el Banco Central será el ente
rector y, a tal efecto, le corresponderán el manejo operacional
de dichas cámaras y las facultades de supervisión y regulación
de sus operaciones.
El
Banco Central de Venezuela podrá, cuando lo estime conveniente,
delegar en los bancos comerciales que seleccione, el manejo
operacional de las cámaras de compensación en zonas del país
que a este efecto se determinen. En todo caso, estos deberán
informar al Banco Central de Venezuela, cada veinticuatro (24)
horas, el movimiento de dichas cámaras en el día anterior.
En
la concepción, estructura y funcionamiento de las cámaras de
compensación, se procurará obtener su mayor eficiencia, en beneficio
del publico usuario"
-
Resolución
del Banco Central de Venezuela N° 96-08-01. Reglamento del Sistema
de Cámaras de Compensación.
Operatividad
-
Sistema
de liquidación multilateral neta en tiempo diferido
- Liquidación
final T+2. Puede implicar un diferido mayor si se trata de cheques
recibidos en depósitos contra plazas distintas del lugar donde
se efectœa la compensación.
-
Los cheques no son devueltos al cliente, son archivados después
del pago.
-
Existen 49 Cámaras de Compensación en el país
-
Cámara de compensación principal operada por Banco Central de
Venezuela, cubre el Area Metropolitana de Caracas y efectœa el
cierre final de las demás cámaras.
-
Cámara de compensación de Maracaibo, operada por Banco Central
de Venezuela
-
Cámaras de Compensación a cargo de Bancos Compensadores. Operan
en 47 plazas.
Períodos
en el ciclo de compensación - Banco Central de Venezuela
a.
Período Intercambio Físico de Cheques:
-
El intercambio físico de cheques correspondientes a las dos
Cámaras administradas por el Banco Central de Venezuela se realiza
de acuerdo a lo establecido en la Resolución No. 96-08-01 de
fecha 29 de agosto de 1996.
-
Primera Cámara
-
Caracas: Se efectúan dos intercambios
-
Maracaibo: Se efectúa un solo intercambio
-
Segunda Cámara Se efectúa un solo intercambio
a.
Período de Compensación:
-
Primera Compensación
-
Horario : Días Hábiles Bancarios entre 7:00 AM y 7:30AM.
-
Segunda Compensación
-
Horario: Días Hábiles Bancarios entre 2:30 PM y 3:00PM
Proceso
-
Cada institución miembro de la respectiva Cámara de Compensación,
consigna en Banco Central de Venezuela, debidamente firmados
por los representantes autorizados la siguiente información:
-
Formulario "Planilla Especial de Compensación"
-
Formulario "Suministro de Información de Compensación"
-
Dos diskettes etiquetados contentivos de la información
de compensación.
-
Banco Central de Venezuela recibe y valida la información
recibida
-
La institución participante recibe, de Banco Central de Venezuela,
copia debidamente validada por funcionarios autorizados
-
Formulario "Planilla Especial de Compensación"
-
Formulario "Suministro de Información de Compensación"
-
Banco Central de Venezuela determina posición neta bilateral
y posición multilateral para cada institución.
a.
Periodo de Liquidación:
-
Banco Central de Venezuela determina el saldo del día para cada
institución participante ( netos multilaterales y bilaterales)
-
A través de interfaz con la aplicación Cuentas Corrientes, procede
a liquidación en las cuentas que cada institución participante
mantiene en Banco Central de Venezuela
-
Cámaras de Compensación autorizadas por el Banco Central de Venezuela-
Bancos Compensadores
-
El intercambio físico de cheques se realiza en la sede de la
sucursal del Banco Compensador en la plaza correspondiente.
-
Cada Banco Compensador, en cada plaza, determina el saldo del
día para cada institución participante (netos multilaterales
y bilaterales)
-
Cada institución participante mantiene en el Banco Compensador
una cuenta corriente especial para la liquidación.
-
El cierre se efectœa mediante el registro de notas de débito
y crédito (según corresponda) de cada Institución Financiera
miembro, las cuales se transfieren, en línea, a las oficinas
principales en Caracas de los bancos compensadores y se liquidan
mediante emisión de cheques (a favor o en contra del Banco Compensador),
enlazando con la Cámara Compensación Caracas.
-
El pago final se alcanza al siguiente día, mediante liquidación
realizada por el Banco Central de Venezuela, al acreditar o
debitar en las cuentas que cada institución participante mantiene
en el Banco Central de Venezuela
Estadísticas
de la Cámara de Compensación
