| Como expresión
misma del Estado democrático, y en estricta vinculación
con los principios de autonomía, transparencia y responsabilidad
pública que orientan la gestión del Banco Central
de Venezuela, éste debe rendir cuenta de sus actuaciones.
De allí que existan sobre él distintos controles,
como el Parlamentario o Político (ejercido por la Asamblea
Nacional), el Administrativo o Jurídico
(competencia de la Contraloría
General de la República) y el Judicial
(a cargo del Tribunal
Supremo de Justicia).
|