Glosario de Términos
Título | Definición |
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Real |
En contraposición a nominal, se refiere a aquellos valores que no están expresados en términos monetarios, es decir, que no llevan incorporados el efecto de los precios. Equivale a cantidad física, volumen o poder adquisitivo. |
Recesión |
Etapa del ciclo económico que se caracteriza por la disminución en la producción, renta, empleo y comercio por un período de seis meses a un año. |
Recesión económica |
Situación que describe el declive significativo y generalizado en el nivel de actividad económica, que se extiende por varios meses y, de manera usual, se visibiliza en el comportamiento del producto interno bruto, el ingreso real, el empleo, la producción industrial y las ventas comerciales. |
Reconversión Monetaria |
Es la modificación total del cono monetario vigente. Implica el cambio de escala monetaria y de todo lo que se exprese en la moneda reconvertida. |
Redescuento (como instrumento de política monetaria) |
En el marco de la política monetaria, se denomina así a una operación de crédito que realiza el banco central a una institución financiera, y que tiene como garantía títulos valores (pagarés y letras de cambio) emitidos por un agente productor de insumos, bienes y servicios. Este, al vender a crédito a su cliente, documenta la operación mediante una letra de cambio. El librador de la misma, para poder obtener liquidez dentro de su empresa, la remite para su descuento a la institución financiera. El redescuento permite suministrar liquidez a una institución financiera que enfrenta problemas transitorios de liquidez y que solicita asistencia crediticia a la banca central bajo la modalidad de redescuento; a tales fines, utiliza las letras y los pagarés ya descontados y los endosa a favor del instituto emisor, el cual una vez aprobados los recaudos y procedimientos, le abona en su cuenta única el monto del pagaré menos los intereses. En términos generales, una operación de descuento no es exclusiva de un banco central, pues la misma puede ser ejecutada por los bancos comerciales y significa someter a un nuevo proceso de descuento un instrumento que ha sido previamente descontado. |
Redescuento, Anticipo y Reporto |
Operaciones de crédito concedido discrecionalmente por el Banco Central con garantías sustentadas en Letras de Cambio, Pagarés, Letras del Tesoro y otros valores públicos, en plazos que oscilan entre 30 y 90 días, prorrogables por una sola vez. Mediante estas operaciones, el Banco Central suministra liquidez al sistema bancario con el objeto de adecuar la cantidad de dinero a las necesidades de la economía. |
Rendimientos Constantes a Escala |
Situación caracterizada por un aumento (o disminución) de la producción en la misma proporción en que han aumentado (o disminuido) todos los factores productivos. Por ejemplo, si se triplican los factores el resultado que se obtiene es una triplicación de la producción. |
Rendimientos Crecientes a Escala |
Situación caracterizada por un aumento (o disminución) más que proporcional de la producción cuando aumentan (o disminuyen) todos los factores productivos. Por ejemplo, si se duplican los factores el resultado que se obtiene es una producción superior a dos veces su valor. |
Rendimientos Decrecientes a Escala |
Situación caracterizada por un aumento (o disminución) de la producción en menor proporción al aumento (o disminución) de todos los factores productivos. Por ejemplo, si se duplican los factores el resultado que se obtiene es una producción menor a dos veces su valor. |
Renegociación de la Deuda |
Acuerdo entre el deudor y el acreedor que modifican las condiciones de pago de una deuda. En general, la renegociación persigue ampliar los plazos de pagos de una deuda. |
Renta Fija |
Rendimiento fijo que produce un activo financiero. El cobro de la cantidad fija se denomina cupón. Los bonos de la deuda pública y bonos emitidos por las empresas, son ejemplos de este tipo de instrumento. |
Renta Variable |
Se aplica a los instrumentos financieros que dan derecho al cobro de un rendimiento que no es fijo, sino que depende de los beneficios obtenidos por la sociedad o empresa emisora. Las acciones de empresas son un ejemplo típico de los mismos. |
Rentabilidad |
Beneficios que ofrece la compra de un activo. Es la relación medida en porcentaje, entre los rendimientos netos y el capital invertido. |
Repo Bloqueados |
Los títulos comprados son registrados en una cuenta aparte y permanecen inamovibles hasta que se extinga la obligación. Este se corresponde con la operación de asistencia financiera que efectúan los bancos centrales con las instituciones financieras. O sea, que en éste caso la operación toma la forma de un crédito con garantía, siendo esta la operación originaria que motivó la aparición de un instrumento más flexible. |
Repo Clásicos |
Es una operación de venta o compra temporal de títulos valores en la cual se acuerda la fecha de recompra o reventa más el pago por parte del vendedor de una tasa de interés. Los títulos recibidos pueden ser objeto de negociación durante la vigencia del acuerdo, pero al vencimiento existe la obligación de devolver los mismos títulos, debido a que la transferencia de la propiedad es de carácter temporal. El tenedor temporal de los títulos podrá vender los mismos en el mercado como un nuevo REPO de menor plazo. En mercados donde los títulos valores son fungibles al vencimiento se pueden recibir otros títulos que tengan condiciones financieras que los igualen en cuanto a cantidad y calidad, o sea, que deben entregarse títulos de la misma especie. |
Repo Especiales |
Son los que se efectúan sobre un título valor específico. |
Repo Intradiarios |
El plazo del acuerdo es menor a un día. En algunos países, de no ser posible para la institución vendedora honrar la obligación, el acuerdo contempla la conversión del mismo al plazo de 24 horas conocido como plazo overnight. Estos contratos respaldan el eficiente funcionamiento de los sistemas de pago a los efectos de la Liquidación Bruta en Tiempo Real (LBTR). |
Repo Tripartitos |
Son aquellos en que la parte que actúa como compradora no puede ejercer por sí misma la custodia del título comprado por lo que requiere la contratación de los servicios de custodia de una tercera parte. |
Repo de Plazo Abierto |
Los contratantes acuerdan que la operación se completará por la voluntad manifiesta de una de las partes de efectuar la recompra o la reventa. El valor de los títulos objeto de compra-venta temporal se ajusta en función de las tasas de interés del mercado. |
Repo o Simultáneas |
Conserva las características de los REPO clásicos. Son operaciones compuestas por dos transacciones efectuadas en un mismo momento, la primera, en el presente, al contado y, la segunda, a plazo, por un mismo valor nominal y entre los mismos agentes. Esta modalidad permite la realización de nuevos REPO sobre los títulos comprados por plazos superiores a la fecha de vencimiento del acuerdo original, pudiéndose también vender estos títulos en forma definitiva, dado que su obligación es la de entregar valores iguales o similares en la fecha pactada para la segunda operación "venta" a cambio del importe en efectivo. Estas operaciones son conocidas como "simultáneas" en algunos países como España y Colombia , en tanto que en el grueso de países de la Comunidad Europea son conocidas simplemente como REPO. |
Reporto (como instrumento de política monetaria) |
Contrato que transfiere temporalmente los derechos de propiedad de títulos valores a cambio de una cantidad de dinero, con la condición de que el vendedor suscriba simultáneamente una obligación de recompra de dichos títulos valores u otros de similar especie y características. Se establece en el contrato el plazo y el monto pagado más una cantidad adicional o premio. En términos generales, el reporto no es una tarea exclusiva de la banca central, pues también la pueden llevar a cabo los bancos comerciales. |
Repos |
Son operaciones de compra - venta de títulos valores con el acuerdo de recomprarlos o revenderlos en el futuro, en una fecha y en condiciones financieras preestablecidas. En estas operaciones se da una transferencia temporal de la propiedad de los títulos objeto de venta. El que vende recibe efectivo y el que compra recibe unos títulos. Al vencimiento, el que vendió recibe sus títulos y el que compró recibe el efectivo entregado más los intereses correspondientes. Los REPOS son usados por los bancos centrales en sus operaciones de mercado abierto a los fines de restablecer niveles adecuados de liquidez bancaria, a la vez que permiten la afectación de ésta de forma temporal. Cuando los bancos centrales compran con pacto de reventa generan reserva y cuando venden con pacto de recompra absorben liquidez. Deben su nombre a la contracción de la denominación en inglés de este instrumento "repurchase and reverse repurchase agreement ", o sea, operaciones de compra- venta con pacto de recompra - reventa, y también son conocidos como REPOS. |
Reservas Bancarias |
Las reservas bancarias están conformadas por los depósitos que el sistema bancario mantiene en el Banco Central para cubrir sus requerimientos de encaje legal y otras necesidades operacionales. |
Reservas Bancarias Excedentes |
Monto de depósitos distintos al encaje legal que la banca decide mantener en sus cuentas en el banco central, a los efectos de cubrir necesidades operacionales y situaciones no previstas. |
Reservas Bancarias Obligatorias o Legales |
Proporción de los depósitos que por ley los bancos deben mantener inmovilizados. Equivale al coeficiente de encaje legal multiplicado por el valor de los depósitos totales. |
Reservas Internacionales |
Conjunto de activos financieros sobre el exterior en poder o bajo el control de las autoridades monetarias, las cuales están a su disposición para atender desequilibrios de la balanza de pagos. Estos activos constituidos principalmente por oro, divisas, derechos especiales de giro, depósitos en bancos extranjeros y posición ante el Fondo Monetario Internacional, están a disposición de dichas autoridades para servir como medios de pago de las transacciones corrientes y financieras que realiza el país con el resto del mundo, y a la vez para respaldar el valor interno y externo de la moneda nacional. En Venezuela la autoridad monetaria que centraliza y administra las reservas internacionales del país es el Banco Central de Venezuela. |
Restricción Presupuestaria |
Mide la cantidad de bienes y servicios que puede adquirir un agente, dado un nivel de ingreso y de precios. |
Revaluación |
Decisión por parte de la autoridad monetaria de disminuir tipo de cambio en un sistema de cambio fijo. La revaluación es lo opuesto a devaluación. |
Revaluación de la moneda |
Se refiere a la convención para indicar una disminución en el precio de una moneda extranjera en términos de la moneda nacional, bajo un esquema de tipo de cambio fijo o establecido por las autoridades con competencia en la materia, con el compromiso de mantenerlo en ese nivel. De allí que una devaluación monetaria ocurre cuando, de manera expresa, entra en funcionamiento un nuevo tipo de cambio que resulta menor al previamente establecido y el Banco Central asume un nuevo compromiso de mantenerlo a ese nuevo nivel a partir de una fecha determinada. |
Riesgo |
Posibilidad de que se produzcan diferentes resultados cuando se conoce la probabilidad de cada uno. En finanzas, se dice que una inversión tiene riesgo cuando el rendimiento de la misma puede variar. Las inversiones con un alto riesgo tienen que proporcionar una mayor rentabilidad para atraer a los inversionistas. |
Riesgo Financiero |
Es la combinación del riesgo de mercado, de crédito y de liquidez. |
Riesgo Legal |
Pérdida potencial debido a la no exigibilidad de acuerdos contractuales, procesos legales o sentencias adversas. |
Riesgo Moral |
Problema generado por la existencia de seguros explícitos o implícitos que hacen que las instituciones financieras no internalicen sus riesgos. |
Riesgo Operativo |
Es la pérdida potencial como resultado del uso inadecuado o fallas en los procesos internos, personas y sistemas, o de eventos externos. Esta definición incluye el riesgo legal, pero excluye el riesgo estratégico y el reputacional. |
Riesgo Reputacional |
Es un deterioro potencial de la imagen y la confianza de una institución como consecuencia de la materialización de cualquiera de los otros tipos de riesgos. |
Riesgo de Crédito |
Pérdida potencial producto del deterioro de la calidad crediticia o de la cesación de pagos de un emisor o una contraparte. |
Riesgo de Liquidez |
Pérdida potencial por venta anticipada o forzosa de activos, producto de la no disponibilidad de fondos de manera inmediata para hacer frente a obligaciones. |
Riesgo de Mercado |
Pérdida potencial de un portafolio de instrumentos producto de fluctuaciones adversas de los precios de mercados, principalmente tasas de interés y tipos de cambios. |
Riesgo estratégico |
Es la posibilidad de que no se logren las metas y los objetivos de una organización. |
Riqueza |
Conjunto de bienes, derechos y obligaciones que tiene una persona física o jurídica, un país o una entidad. Es equivalente al patrimonio. |